La capital colombiana se prepara para restringir la circulación de vehículos motorizados durante 24 horas consecutivas, una medida que busca mejorar la calidad del aire y fomentar alternativas de transporte más limpias. Esta iniciativa ambiental, que forma parte del calendario oficial de Bogotá, representa una oportunidad para reflexionar sobre los hábitos de movilidad urbana y experimentar con opciones más sostenibles.
Fecha y horario de vigencia de las restricciones vehiculares
El jueves 5 de febrero de 2026 marca el calendario para esta jornada especial que limita el tránsito automotor en toda la ciudad. La restricción entrará en vigor desde las 5 :00 de la mañana y se mantendrá activa hasta las 21 :00 horas, sumando un total de 16 horas durante las cuales la mayoría de automóviles y motocicletas deberán permanecer estacionados.
Durante este periodo, se espera que aproximadamente un millón de vehículos particulares y cerca de 400.000 motocicletas no circulen por las vías capitalinas. La Secretaría de Ambiente aprovechará la ocasión para realizar mediciones de contaminación acústica, evaluando el impacto que tiene la reducción del tráfico en los niveles de ruido ambiental de la ciudad.
El sistema de transporte público ampliará sus horarios para facilitar la movilidad ciudadana. TransMilenio y TransMiZonal operarán desde las 4 :00 hasta las 23 :00, mientras que el TransMiCable prestará servicio desde las 4 :30 hasta las 22 :00. Los bogotanos también podrán aprovechar la extensa red de ciclorrutas que suman más de 683 kilómetros, ideales para desplazamientos en bicicleta eléctrica o convencional.
Vehículos permitidos y prohibidos durante la jornada ambiental
La normativa establece restricciones claras para diferentes categorías de vehículos. Los automóviles particulares quedarán inmovilizados sin importar su tipo de combustible, incluyendo aquellos con permisos especiales como el pico y placa solidario. Las motos de uso personal tampoco podrán transitar, al igual que los vehículos híbridos o propulsados por gas.
También enfrentarán limitaciones los vehículos de academias de conducción, taxis con placas terminadas en 7 y 8, vehículos de transporte especial con esas mismas terminaciones, y automóviles particulares de medios de comunicación que porten placa amarilla.
| Categoría | Estado durante la jornada |
|---|---|
| Vehículos eléctricos o cero emisiones | Permitidos |
| Transporte público colectivo | Permitido |
| Vehículos de emergencia | Permitidos |
| Carros particulares híbridos | Restringidos |
| Motocicletas personales | Restringidas |
Sin embargo, numerosos servicios esenciales mantendrán su operación normal. Podrán circular sin restricciones :
- Vehículos del sistema de transporte público oficial
- Motocicletas vinculadas a servicios de mensajería y domicilios a través de empresas o plataformas tecnológicas
- Transporte especializado para personas con discapacidad
- Ambulancias y vehículos de emergencia médica
- Buses de transporte escolar
- Vehículos con capacidad superior a 10 pasajeros
- Servicios públicos domiciliarios esenciales
- Unidades de control de tráfico y seguridad vial
Excepciones oficiales y servicios especiales autorizados
La normativa contempla excepciones importantes para garantizar el funcionamiento de servicios críticos. La caravana presidencial, vehículos militares, unidades de la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado mantienen su movilidad sin restricciones. El CTI seccional Bogotá también queda exento de la medida.
Los vehículos diplomáticos o consulares circulan libremente gracias a sus inmunidades internacionales. Las motocicletas destinadas a vigilancia y seguridad privada podrán transitar, al igual que los vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección para labores de seguridad personal.
Una categoría especialmente relevante es la de vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluyendo motocicletas eléctricas, que están completamente exentos de la restricción. Esta excepción busca incentivar la adopción de tecnologías limpias en el transporte urbano. También pueden circular carrozas fúnebres, vehículos para control operacional del SITP, unidades de control de emisiones y vertimientos, y transporte blindado de valores.
Origen histórico de esta tradición capitalina
Esta iniciativa nació el 24 de febrero del año 2000, cuando el entonces alcalde Enrique Peñalosa implementó una prueba piloto denominada “Sin mi carro en Bogotá”. La propuesta generó controversia inmediata entre diferentes sectores de la sociedad, siendo catalogada por algunos líderes políticos como Armando Benedetti, concejal en aquel momento, como una medida impositiva.
A pesar de las críticas iniciales, los ciudadanos respaldaron masivamente la iniciativa. En octubre de ese mismo año, una consulta popular vinculante ratificó el apoyo ciudadano con el 63,19% de los votos a favor, legitimando democráticamente la restricción vehicular.
El decreto 1098 de 2000 formalizó legalmente la medida, estableciendo que desde 2001 quedaría prohibida la circulación de vehículos automotores en la capital colombiana cada primer jueves de febrero. Claudia Díaz, actual secretaria de Movilidad, destaca que para el 70% de los bogotanos todos los días son sin automóvil particular, pues se movilizan en transporte público, bicicleta o caminando.
Sanciones económicas por incumplimiento de la normativa
Los conductores que circulen durante la jornada sin tener alguna de las excepciones contempladas enfrentarán consecuencias económicas y operativas significativas. La sanción establecida asciende a 633.000 pesos colombianos, además de la inmovilización inmediata del vehículo infractor.
Esta doble penalización busca garantizar el cumplimiento efectivo de la medida y desincentivar violaciones a la norma. Los agentes de tránsito realizarán operativos especiales durante toda la jornada para verificar que únicamente circulen vehículos autorizados, haciendo énfasis en zonas de alta congestión habitual donde la restricción tiene mayor impacto ambiental.
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